Publican el formato de firmas para la consulta popular en el que se asentará el nombre completo del ciudadano y su clave de elector.
El Congreso determinó el formato para la consulta. Foto: Archivo |
México, DF.- Las Cámaras de Diputados y de Senadores determinaron el formato para la obtención de firmas ciudadanas, dispuesto en el artículo 15 de la Ley Federal de Consulta Popular, el cual fue publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación.
En el documento, el Congreso de la Unión publicó el oficio número DGPL-2P2A.-4646 y formato, en el que se explica el instructivo de llenado para la obtención de firmas ciudadanas para solicitar una consulta popular.
Entre los datos que se deben asentar en el formato destacan la entidad donde fue recabada la información, el nombre completo del ciudadano, su firma y clave de elector o el número identificador al reverso de la credencial de elector derivado del reconocimiento óptico de caracteres (OCR). También debe tener la propuesta de pregunta.
El formato debe ser llenado con letra de molde, legible, con tinta negra o azul. La información será verificada por el Instituto Nacional Electoral.
De acuerdo con la Ley Federal de Consulta Popular, la consulta es el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos, a través del voto emitido, ejercen su derecho a expresar su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional.
Si las firmas se presentaran en un formato diverso al entregado por las Cámaras, la propuesta de consulta popular no será admitida a trámite.
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