El documento hace referencia a que éste órgano administrativo desconcentrado de la dependencia, estará bajo coordinación de la CNS.
Segob realizará acciones para implementar el reglamento. (segob.gob.mx) |
México, DF.- La Secretaría de Gobernación actualizó el Reglamento del Servicio de Protección Federal, con el cual se suprime el publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2011.
El documento que se publicó este viernes hace referencia a que éste órgano administrativo desconcentrado de la dependencia, para el despacho de los asuntos de competencia, estará bajo la adscripción y coordinación del Comisionado Nacional de Seguridad.
Dicha instancia podrá diseñar e implementar sistemas de seguridad a los solicitantes de los servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en las siguientes materias:
Análisis de Riesgo, capacitación y certificación de personas que prestan servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones; asesoría y consultoría en la selección de personas con habilidades y aptitudes para la protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones;
Uso, desarrollo, manejo, capacitación, adquisición, supervisión, administración y disposición de tecnología para la prestación de servicios de protección, custodia, vigilancia y seguridad de personas, bienes e instalaciones, los demás que determine el Comisionado en el ámbito de competencia del Servicio de Protección Federal.
El comisionado es quien tendrá el más alto rango dentro de la institución y se auxiliará de un gabinete de apoyo, el cual contará con funciones que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables y contará con el personal necesario conforme a la disponibilidad presupuestaria y normativa correspondiente.
Entre las facultades del comisionado está el instrumentar la policía de protección a espacios federales, establecida por las autoridades competentes, así como impulsar medidas básicas para la prevención social del delito y protección civil, en los lugares en donde la Institución preste sus servicios y Sistemas de Seguridad.
Además, los directores generales de Servicios de Seguridad, Asuntos Jurídicos, de Administración y de Profesionalización, son quienes deberán suplir al comisionado durante su ausencia.
El ordenamiento integrado por 94 artículos y 10 transitorios señala que los acuerdos serán firmados por el Secretario Técnico del Consejo y los procedimientos se desahogarán de acuerdo a lo establecido en el reglamento y el Manual del Consejo, el cual se expedirá en un plazo de seis meses posteriores a la entrada en vigor de este Reglamento.
El reglamento entrará en vigor a partir de este sábado e indica que la Segob realizará las acciones necesarias para la implementación del mismo sin requerir recursos adicionales para tales efectos ni incrementar su presupuesto regularizable.
0 comentarios:
Publicar un comentario