Se anularon 162 casillas, lo que incidiría en el cálculo para dar las diputaciones
CIUDAD DE MÉXICO, 14 de agosto.- El Tribunal Electoral del Distrito Federal (TEDF) aprobó la anulación de la elección de diputados locales en 162 casillas de 25 distritos electorales en 12 delegaciones tras comprobar irregularidades en la integración de las mesas receptoras, el conteo y el cómputo de los votos.
Aunque la medida no implica un cambio en los candidatos ganadores, sí impactará en los cómputos distritales, que sirven como base para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional, por lo que la distribución hecha por el Instituto Electoral del Distrito Federal (IEDF) a mediados de junio podría cambiar.
Además, los actores que estén inconformes pueden llevar su impugnación al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TSPJF), cuya sentencia será inapelable y sólo entonces la resolución quedará firme.
Hasta el momento, de las 26 plurinominales disponibles, a partir del cálculo establecido en el Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Distrito Federal, el IEDF había asignado siete al PRD, cuatro a Morena, cinco al PAN, cuatro para el PRI, dos para el PVEM, dos a Encuentro Social y para Movimiento Ciudadano y Partido Humanista una diputación a cada uno.
En sesión del pleno, en la que el tribunal desahogo casi la totalidad de las 119 impugnaciones presentadas por los partidos tras la jornada electoral del pasado 7 de junio, el sentido de las resoluciones continuó siendo la improcedencia y el desechamiento de la mayoría de los juicios por pruebas insuficientes.
El magistrado Eduardo Arana indicó que aunque es función del tribunal velar por los derechos-político electorales de los ciudadanos, la falta de pruebas impidió que procedieran tal como lo solicitaron en los juicios.
“En los casos donde hemos calificado los agravios como inoperantes fue porque el actor nos dio el derecho (violado), pero no nos dio los hechos. Aquí los actores de manera genérica nos dijeron que en las casillas se configuraba la nulidad, pero omitieron relacionar los hechos y los agravios jurídicamente”, señaló.
“Para acreditar la nulidad en una elección se requiere, por lo menos, acreditar hechos, cubrir los elementos objetivos que exige la causal y demostrar que hay un daño a la votación”, añadió por su parte el magistrado Gustavo Anzaldo.
En los proyectos votados ayer en una sesión que inició con hora y media de retraso, los magistrados coincidieron en que las acusaciones de los partidos eran vagas, genéricas e imprecisas, por lo que pocas procedieron.
Como ejemplo, en varias de las denuncias los partidos señalaban el impedimento, sin causa justificada, del acceso a las casillas de sus representantes, pero en las actas de incidencias no se reportaron los agravios, por lo que se declararon inoperantes.
Hubo también argumentos de los partidos sobre la instalación tardía de las casillas, lo cual habría causado irregularidades en la jornada de votación, pero fue desestimado por los magistrados.
A éstos se le sumaron señalamientos contra los funcionarios del IEDF y el Instituto Nacional Electoral por “agarrar a gente de la fila” para convertirla en funcionario incluso sin que residieran en ese distrito electoral, situación que tampoco pudo ser comprobada.
En ninguno de los proyectos se aprobó la petición de recuento voto por voto de las boletas que depositaron los ciudadanos en las urnas de diputados locales, la cual pedían partidos como el PRD y el PRI para revertir triunfos de los candidatos de Morena.
Al respecto, el magistrado Anzaldo dijo que el recuento es una situación extraordinaria que no puede llevarse a cabo por el simple planteamiento de una duda, por lo que su aprobación ocurrirá cuando existan los elementos suficientes.
Para este fin de semana, el TEDF continuará con la resolución de juicios referentes a la elección de diputados locales, para que antes del 17 de agosto queden saldadas.
Al concluir los asuntos relacionados con diputados, el tribunal local se dedicará a resolver los 106 juicios en contra del resultado en la elección de 14 de las 16 jefaturas delegacionales que se sometieron a votación ciudadana.
El plazo para resolver estos casos, impuesto por ellos mismos, es el 1 de septiembre, un mes antes de que asuman el cargo.
La nulidad de las casillas no implica un cambio en los candidatos ganadores por mayoría relativa, pero impactará en cómputos distritales, base para la asignación de plurinominales.
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