Con 9 votos a favor y 2 en contra, la SCJN declaró inconstitucional el delito de ultrajes a la autoridad en la Ciudad de México.
(Ministro José Ramón Cossío Díaz)
Ciudad de México.- Con 9 votos a favor y 2 en contra, la Suprema Corte de Justicia declaró inconstitucional el artículo 287 del Código Penal de la Ciudad de México que castiga de 6 meses a 2 años de prisión los insultos contra una autoridad.
La mayoría ministros coincidieron en otorgar un amparo a 2 mujeres que hoy están encarceladas por agredir verbalmente a la policía durante una manifestación y mientras se realizaba un desalojo de vendedores ambulantes, respectivamente.
En su proyecto de sentencia, el ministro José Ramón Cossío Díaz consideró que dicho artículo viola la libertad de expresión de las acusadas.
Seis de los ministros que votaron a favor de este proyecto argumentaron que el Código Penal no especifica claramente si el ultraje a la autoridad debe ser castigado por ser una agresión física o verbal.
Por tratarse de un amparo, la resolución de la Corte solo aplica para estas dos mujeres que podrán recobrar su libertad.
El veredicto de la Corte no valida que las autoridades sean agredidas física ni verbalmente, pero considera que si hay golpes estos pueden ser castigados penalmente como lesiones.
Mientras que cuando se trate de insultos con palabras altisonantes las sanciones pueden clasificarse como aquellas de tipo administrativo.
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